El Senado abrió el debate sobre la Ley de Discapacidad, que luego de las modificaciones aceptadas por el Gobierno obtuvo un amplio respaldo en Diputados. La Cámara alta apunta a emitir dictamen este miércoles y llevar el proyecto a votación en la sesión prevista para el 19 de noviembre.
El plenario de Presupuesto y Población se reunirá a las 16, anticipando un trámite expreso, ya que en la Cámara Baja el texto recibió apoyo incluso del peronismo (237 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones de la Izquierda).
En medio de la presión opositora y de la voluntad de cerrar un tema sensible para el Gobierno, la coalición oficial cambió su estrategia y aceptó todos los pedidos formulados por la oposición. También influyó, según fuentes cercanas a la negociación, la visita del Papa León XIV y su recorrido por el Cottolengo Don Orione, un hogar para personas con discapacidades severas y múltiples, que aportó a la dinámica de gestiones.
La iniciativa mantiene los puntos centrales de la versión de emergencia defendida por la oposición: conservar el Certificado Único de Discapacidad (CUD), la actualización mensual por IPC de las prestaciones y la pensión no contributiva, manteniendo la posibilidad de obtenerla junto a un trabajo registrado. La diferencia principal es la eliminación del concepto de “emergencia”, que otorgaba mayor discrecionalidad al Gobierno para la gestión de los fondos.
Ahora el texto incorpora las partidas necesarias para financiar cada componente de la ley, un requisito que la Oficina de Presupuesto del Congreso estimó en $598.912 millones para 2027. Además, se ratificó la delegación para que el Ejecutivo establezca los requisitos de acceso a la pensión por discapacidad, especificando, entre otros criterios, que los ingresos netos individuales no deben igualar ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles.
También se garantiza la continuidad del programa médico de atención y cobertura de salud para quienes reciben una pensión no contributiva por invalidez laboral o discapacidad (el actual Incluir Salud), y se fijaron plazos para la cancelación de deudas a prestadores: la notificación debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a la vigencia de la ley y la cancelación total debe ocurrir en un plazo de 90 días.




